Verano Check: Las condiciones cambiaron, los riesgos no”
Publicado el Jueves 24 de Diciembre del 2020
Se dan a conocer a los trabajadores y trabajadoras de temporada de verano los riesgos de exposición a las radiaciones UV, la importancia de la hidratación y, además, reforzar las medidas de prevención de COVID-19 en el marco de la emergencia sanitaria actua
El Instituto de Seguridad Laboral da inicio a una campaña de información, difusión y prevención orientada a todas y todos los trabajadores que realizan sus labores en verano, respecto de la protección frente a la exposición UV, pero además, reforzando las medidas preventivas para protegerse del contagio de COVID-19, recordando que las medidas sanitarias como uso obligatorio de mascarilla, lavado frecuente de manos, ventilación y distancia física deben mantenerse en el verano
La exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta, ya sea de fuentes naturales o artificiales, produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel, que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de la piel y cataratas a nivel ocular.
Consejos campaña
•La radiación solar es mayor entre las 10:00 y las 16:00 hrs., la protección de la piel durante este periodo es fundamental.
•Se recomienda limitar el tiempo de actividad laboral bajo el sol, preferir siempre lugares con sombra.
•Aplicar crema con filtro solar sobre cara, cuello, manos, antebrazos, orejas y en cualquier parte del cuerpo expuesta. Usar producto con un factor de protección solar (SPF), al menos de 30 o 50.
•La o el trabajador debe utilizar filtro solar antes de salir al aire libre y aplicar este producto durante el día, cada 2 horas o cada vez que se moje la piel.
•Usar anteojos para el sol con filtro ultravioleta; se pueden sufrir daños a la vista como consecuencia de una prolongada exposición al sol.
•Utilizar ropa adecuada que cubra la mayor cantidad posible del cuerpo. Se recomienda usar tanto camisa como pantalón largo de algodón u otras telas que permitan una adecuada ventilación.
•Usar gorro tipo legionario o casco que cubra las orejas, cara y parte posterior del cuello
(Puede añadirse una tela para cubrirse el cuello y las orejas).
•Consumir agua regularmente para evitar la deshidratación. Se recomienda el consumo de por lo menos 2 litros.
Información
¿A qué área económica pertenecen los trabajadores y trabajadoras más expuestos?
La exposición se da principalmente en trabajos al aire libre con exposición directa al sol, sin embargo se da con mayor frecuencia en los rubros de la agricultura, construcción, minería, transporte y pesca.
Tipos de enfermedades por exposición a las radiaciones UV
Quemaduras grado I (enrojecimiento de la piel), hasta quemaduras grado II (formación de ampollas dolorosas). Insolación, cáncer a la piel, tumores melanocíticos, cáncer melanoma maligno, cataratas.
¿Cuáles son los implementos que debe usar el trabajador o trabajadora expuesto a las radiaciones UV?
Es recomendable que el trabajador o trabajadora se resguarde de la radiación solar con los siguientes elementos de protección personal y vestuario de trabajo:
– Casco de seguridad con ala ancha en todo el contorno. Si necesita ampliar la protección, incorpore al casco una pantalla de sol o cubrenuca para resguardar la zona del cuello.
– Gorro tipo legionario
– Casaca o camisa manga larga.
– Pantalón u overol de pierna larga.
– Lentes para el sol.
– Zapato que cubra toda la piel. Evite el uso de sandalias o chalas.
– Bloqueador solar según el tipo de piel del trabajador/a.
¿Cómo protege la Ley a las personas que trabajan expuestas al sol?
Los empleadores/as deben adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente a sus trabajadores/as cuando puedan estar expuestos a radiación ultravioleta. Para ello, los contratos de trabajo o reglamentos internos de las empresas, deben especificar el uso de los elementos protectores correspondientes, de acuerdo al Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Esto aplica para todos los trabajadores/as que se rigen por el Código del Trabajo y los funcionarios/as públicos y municipales.
¿Cuáles son las obligaciones del empleador/a?
Conforme a Ley de Ozono (Nº 20.096), vigente desde 2006, los/as empresarios/as están obligados a preocuparse de los efectos del debilitamiento de la capa de ozono en sus faenas productivas y -por tanto- deben proporcionar información y medios de protección a sus trabajadores/as, especialmente a aquellos que desempeñan sus labores al aire libre y que están expuestos a la radiación UV. La Ley N° 20.096 establece mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono.